Ayres Westin Advogados

El Tribunal Supremo de Brasil valida la «Ley Ferrari»

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La decisión del Supremo Tribunal Federal (STF) en la Argüición de Incumplimiento de Precepto Fundamental (ADPF) nº 1106 confirmó la constitucionalidad de la Ley nº 6.729 de 1979, conocida como la «Ley Ferrari», que regula las relaciones entre fabricantes y concesionarios de vehículos automotores en Brasil. La acción, interpuesta por la Procuraduría General de la República, cuestionaba disposiciones legales relacionadas con la delimitación territorial de los concesionarios, la exclusividad en la distribución y la organización de la red comercial.

La parte demandante sostenía que tales mecanismos eran incompatibles con los principios constitucionales de libre iniciativa y libre competencia , representando una intervención estatal indebida en la actividad económica y un potencial perjuicio para los consumidores.

Al rechazar estos argumentos, el STF destacó que la Constitución Federal no consagra una libertad económica absoluta. Para la Corte, la Ley Ferrari no establece una reserva de mercado ni elimina la competencia, sino que define un régimen jurídico específico para la concesión comercial de vehículos, regulando las relaciones en un sector caracterizado por altas inversiones, dependencia económica y la necesidad de una red de distribución organizada.

Otro aspecto relevante del fallo fue el reconocimiento de que la Ley Ferrari no excluye la aplicación de las leyes de defensa de la competencia. El STF subrayó que cualquier práctica anticompetitiva o abuso de poder económico sigue sujeto a la fiscalización y represión de los órganos competentes, especialmente por parte del Consejo Administrativo de Defensa Económica (CADE).

Con esto, la decisión consolida la legitimidad de los mecanismos regulatorios destinados a la organización de mercados específicos. Asimismo, refuerza la tesis de que la intervención estatal es válida cuando busca promover el equilibrio en las relaciones económicas y preservar la sana competencia.

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